1. Escoge una denominación o razón social apropiada: Para este aspecto resulta de vital importancia la creatividad en el nombre que vamos a dar a la sociedad comercial. No necesariamente debe ser un nombre que guarde relación con la actividad mercantil que va a desarrollarse a través de la compañía, pero sí uno que resulte llamativo y moderno dependiendo de la visión de los socios.
2. El número de socios y los aportes que cada uno hará: La sociedad por acciones simplificada permite ser constituida con un único socio o con dos o más, por ello resulta de vital importancia determinar el número de socios que participarán en su creación. De igual forma cada uno de los socios deberá indicar el aporte que realizará a la sociedad, sin olvidar que podría ser en dinero, con trabajo o con algún otro bien que pueda ser cuantificable. La proporción o cantidad de acciones que cada uno de los socios tendrá en la sociedad responde a la cuantificación de su aporte, claro está, a mayor aporte mayor capital accionario.
3. La actividad comercial a desarrollar: Si bien la sociedad por acciones simplificada permitiría que la compañía desarrolle cualquier actividad civil o comercial lícita, sí resulta prudente establecer la actividad principal como quiera que esta deberá registrarse ante la dirección de impuestos y aduanas nacionales, DIAN, dejando abierta la posibilidad en el documento de Constitución para que desarrolle cualquier otra actividad civil o comercial.
4. El domicilio o asiento principal de los negocios: Hoy por hoy resulta muy común que las compañías escojan fijar su domicilio en ciudades o municipios que tienen ciertos beneficios tributarios o fiscales, por lo tanto puede definirse el domicilio de la sociedad atendiendo a tales beneficios, sin embargo, en la ciudad o municipio escogido deberá tener un espacio físico cuya dirección corresponderá a la del domicilio de la compañía.
5. La designación de un representante legal: Resulta obligatoria la designación del representante legal de la compañía quien generalmente responde al nombre de gerente presidente o director y se encargará de ejecutar todas las políticas administrativas financieras y empresariales.
6. Registro del o los establecimientos de comercio: En caso que la compañía cree uno o más establecimientos de comercio resulta recomendable inscribirlos en el registro mercantil de la cámara de comercio del lugar en donde se ha fijado el domicilio, indicando el valor de los activos de cada uno de tales establecimientos, unidades de negocio que podrán tener un nombre comercial diferente al de la razón social de la compañía.
Además de lo indicado anteriormente la ley 1258 del año 2008 que regula esta forma asociativa establece algunas otras formalidades que deberán cumplirse para el momento de conformación o Constitución de esta especialísima forma de sociedad, empero, quisimos citar aquellos aspectos muy generales y de fácil comprensión para que él o los socios los tengan en cuenta para su proyecto empresarial.
Por: Giovanni Andrés Bernal Salamanca
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Presidente

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